En defensa del Principio de Inocencia

Sergio VillaltaSergio Villalta

Por: Sergio Villalta

Durante la última semana se ha debatido en las redes sociales la culpabilidad o la inocencia de un expresidente. La discusión básicamente se ha reducido a dos bandos.

Los que piensan que la versión de la parte que acusa es la más creíble y los que afirman lo contrario – valga decir -, que la versión de la parte acusada es la más creíble y por ende es la verdad de lo que ocurrió.

Enfocar la discusión en esos términos es un esfuerzo estéril. Es de mucho mayor importancia volver a afirmar a viva voz, que todos somos inocentes hasta que se nos comprueba nuestra culpabilidad.

I. ¿Por qué surge esta presunción de inocencia?

Los fundamentos históricos del Principio de Inocencia se pueden trazar desde la antigua Roma. Se tiene a Ulpiano, el gran jurisconsulto romano, como uno de los primeros en definir este principio.

Según él: “nadie puede ser condenado por sospecha, por que es mejor que se deje impune el delito de un culpable que condenar a un inocente”.

Se cuenta que durante la Edad Media este principio casi desapareció. Sin embargo, el profesor Richard H. Helmholz asegura que encuentra antecendentes del debido proceso en materia legal en el derecho medieval de la Iglesia Católica. (Ver aquí)

En la Ilustración que grandes pensadores de la talla de Hobbes y Montesquieu redescubre este principio.

El gran filósofo y jurista Cesare Bonesana di Beccaria definió así al Principio de Inocencia:

“un hombre no puede ser llamado reo antes de la sentencia del juez, ni la sociedad puede quitarle la publica protección solo cuando esté decidido que ha violado los pactos bajo los que fue concedida”.

En la Modernidad los dos más conocidos documentos en que ha quedado plasmado este principio, han sido la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano en 1789 y después; en la cuarta y quinta enmiendas a la Constitución de los Estados Unidos en 1791.

El primero de esos documentos fue una reacción a la justicia que prevalecía en la Edad Media y en gran parte de las monarquías absolutistas. Justicia fundada en el uso de la confesión forzada y la tortura.

La cuarta y quinta enmiendas a la Constitución de los Estados Unidos fueron la reacción a la práctica de las cortes inglesas del siglo XVII, en obligar al acusado a probar su inocencia. El acusado no podía abstenerse de declarar, porque eso se consideraba una confesión de su crimen.

Las cortes obligaban también al acusado a contestar las preguntas, sin saber cuál era la acusación o la prueba en su contra. En esta clase de justicia inquisitoria al acusado no se le consideraba sospechoso, sino culpable.

Al quedar establecida la presunción de inocencia de manera escrita como un principio jurídico, que es propio de la naturaleza de todo hombre, se marcó una ruptura con el anterior sistema y fue el momento a partir del cual nació la justicia de garantías.

II. ¿Qué es el Principio de Inocencia?

Todas las personas tenemos el derecho a ser tratados como inocentes, en lugar de ser tratados como culpables. Esto no es un asunto de mera doctrina jurídica.

Hoy en día el Principio de Inocencia está incorporado a múltiples tratados o declaraciones internacionales, siendo el más famoso de estos la Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 11. También se encuentra en el Convenio Europeo de Derechos Humanos en su artículo 6.2. En la Convención Americana sobre Derechos Humanos en el artículo 8 y en el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU.

Que a todos se nos presuma inocentes es un principio que debe regir cualquier sociedad donde los hombres se consideren libres. Nadie nos puede tratar como culpables, hasta que no se demuestre esa culpabilidad siguiendo el correcto y debido proceso.

Esto significa que no basta la duda. Porque en caso de duda sobre la culpabilidad del acusado, lo que prevalece es la presunción de inocencia. Además, no es el acusado el que debe demostrar su inocencia. Es el acusador el que debe demostrar la culpabilidad ajena.

Tampoco basta la mera probabilidad de su culpabilidad, debe de existir certeza. Ulpiano lo explica en su máxima al decir que: “mejor que se deje impune el delito de un culpable que condenar a un inocente”.

Y como no es el acusado el que debe demostrar su inocencia, siempre la carga de la prueba reside en la parte acusadora y no en el acusado. Esto es una consecuencia lógica de este principio. De lo contrario, si el acusado tuviera la carga de la prueba, de nada serviría que se presumiera su inocencia.

III. ¿Por qué debe existir esta presunción de inocencia?

En muy diversas culturas y geografías se prefiere considerar al acusado inocente, en lugar de considerársele culpable. La razón es porque los hombres siempre han tenido una noción de la Justicia y de lo que esta debe significar cuando se vive en libertad.

Aparte de las razones éticas o religiosas que nos obligan a no prejuzgar a los demás, existe la noción en que estaríamos ante una injusticia muy grande, si se considerara al acusado como culpable, simplemente por la sospecha de serlo.

Los tiempos en que la justicia fue inquisitoria, se tienen ahora como graves errores. Se consideran, con justa razón, como periodos en los que hubo una perversión de la Justicia.

Por lo general esto era lo que pasaba en la Europa medieval. Sin garantías, sin derechos y bajo un tribunal que era investigador, juez y en algunos casos hasta verdugo, el acusado siempre era encontrado culpable.

No había razón para esperar nada diferente, siendo el acusador la misma persona que juzga, es lógico esperar que el mismo acusador (investigador) a la hora de juzgar al acusado ya lo considere culpable.

IV. Las amenazas al Principio de Inocencia.

Sin embargo, a pesar de haber dejado hace muchos siglos atrás la justicia inquisitoria, aún hoy basta con que se acuse a alguien, para que ante los ojos de muchos se le tenga como culpable.

Las razones por las cuales esto ocurre son diversas. Pero no se puede negar que este fenómeno existe. Hoy en día este problema se aumenta en varios grados de magnitud por la existencia de las redes sociales.

La reacción natural de muchos es sentir una desconfianza natural ante el acusado. Por esta razón el acusado desde un principio lleva una desventaja. Debe luchar contra ese sentimiento de recelo y hasta de rechazo que genera el simple hecho de haber sido acusado.

Además, por lo general las personas asumen de manera errónea que la policía existe como fuerza neutral. A todo el aparato de investigadores y fiscales se les cubre con un manto de imparcialidad y de
infalibilidad. Desde luego, esto sería algo muy cándido de pensar que ocurra siempre, para todas las personas y en todos los lugares.

Los representantes estatales (policía, fiscales y jueces) no son siempre imparciales y tampoco siempre están libres de todo prejuicio. Sin embargo, muchas personas asumen que si lo son en todo momento y en todo lugar.

Esta es una de las razones que explica el porqué muchas personas dan por sentado la culpabilidad de una persona que es señalada como acusado de un delito.

Además, en cualquier proceso penal, el acusado ocupa siempre la posición más débil. No solo debe enfrentarse contra del Estado, es decir, debe de enfrentarse contra una fuerza poderosísima en recursos, sino que debe batallar en contra de una opinión pública que por lo general le es hostil.

Basta con que al acusado se le siente en el banquillo, esposado o custodiado por policías en la sala de juicio, para que esto sea una sospecha suficiente y se le tenga como más culpable que inocente, ante los ojos del público.

Es inevitable que así suceda y todavía esto se agrava con la existencia de una prensa que solo difunde la versión oficial. Que por lo general consiste en el relato de la acusación o el testimonio del acusador.

Es poco común que por los medios de comunicación se difundan las dos versiones al mismo tiempo, la del aparato de prosecución y la del acusado.

Generalmente, la versión del acusado cuando se publica recibe menos cobertura y se difunde después de la versión oficial. Y en muchos casos no se difunde del todo.

En otros casos se da a conocer bastante tiempo después de haberse difundido la versión oficial, cuando ya existe en la mente del público una imagen de culpabilidad.

Es por esta razón que hoy más que nunca, lo que debemos preguntarnos no es si el acusado es culpable o no es culpable. Lo correcto es preguntarnos si el acusador podrá demostrar la culpabilidad del acusado. Porque hasta que no lo haga todos somos inocentes.